Hace poco leía un informe del Ministerio de Medio Ambiente resumiendo la situación de diversos parámetros de calidad ambiental. Miraba datos sobre calidad del aire y más concretamente los datos de las partículas en suspensión. El informe menciona como meta del gobierno español alcanzar los objetivos de calidad del aire que se derivan de una cierta Directiva de la Unión Europea. Dicha Directiva, que nos obliga, establece unos límites a las partículas en suspensión. No leí minucuiosamente el informe completo ministerial pero parece que cumplimos con carácter general la normativa y yo me alegro.
Sin embargo un párrafo llamó mi atención. La Unión Europea quiere reducciones adicionales, más difíciles de cumplir, para el año 2020, en las partículas en suspensión. Para las partículas inhalables PM2,5 (un diámetro inferior a 2.5 μm) se pretende que cada estado miembro logre una disminución del 59% tomando como referencia los niveles del año 2000. Ese objetivo de la burocracia de la UE es plano, afecta a todos los estados miembros por igual, y al definir un límite establece automáticamente sanciones a los estados miembros en caso de incumplimiento. Ocurre que si bien la burocracia entiende de fronteras y estructuras políticas los procesos atmosféricos no.
Y la pregunta que me hago es si los negociadores españoles, desde funcionarios a eurodiputados, que tratan con las directivas europeas están al corriente de un artículo publicado en el Journal of Applied Meteorology and Climatology hace algo más de un año y titulado Transporte de Largo-Alcance de Partículas en Supensión.
Hay una justificación para mi pregunta. La obligación de la burocracia y la clase política española, desarrolle su labor aquí o en Bruselas, es la defensa de los intereses generales de España. Al menos esa es mi opinión. Y conociendo las conclusiones del artículo que enlazo no es fácil apoyar alegremente un "café para todos", un mismo rasero, un mismo nivel de reducción para todos los países miembros. ¿Por qué?.
Porque los autores del artículo señalan diversos fenómenos de transporte atmosférico de partículas en suspensión que hacen que en la cuenca del Meditérraneo aparezcan partículas en suspensión de origen antropogénico (por oposición a las de origen natural, como el polvo sahariano, por ejemplo) cuyo origen geográfico está en otros sitios más al norte de la Unión Europea. Los autores enfatizan que las partículas en suspensión ignoran en sus desplazamientos los límites geográficos de los estados miembros y que a menos que se pueda averiguar la procedencia inicial de tales partículas en suspensión (contabilizando cada estado miembro las suyas) la imposición al sur de Europa no puede ser la misma que en Escandinavia, Polonia o la región del Ruhr.
Los autores sugieren también que el balance del agua en el sur de Europa puede verse afectado por esa circulación de partículas en suspensión en la zona mediterránea y cuyo origen es extranjero a los países de la cuenca de nuestro mar. Cabría pedirle entonces a nuestros funcionarios y políticos que abrazan causas medioambientales con tanto entusiasmo que lo sigan haciendo, pero no estaría de más que ya que las abrazan con entusiasmo no pierdan de vista nuestros intereses generales, los de España. Es su obligación. Y este ejemplo de un aspecto climático, de uno de los mecanismos de transporte atmosférico, ilustra como no siempre un "bondadoso mundialismo", una aceptación ciega y acrítica, que se refleja luego en leyes, directivas y reglamentos, es la mejor estrategia para nuestro bienestar, y aquí "nuestro" significa España y los españoles y no lo que digan medioambientalistas radicales chiflados de, por ejemplo, Dinamarca.
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